El Capitolio – El senador por el Distrito de Mayagüez-Aguadilla, Jeison Rosa Ramos, radicó el Proyecto del Senado 1581, que enmienda el Código de Rentas Internas de Puerto Rico para establecer que toda entidad sin fines de lucro reconocida bajo la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas Federal estará exenta de tributación en Puerto Rico sin necesidad de presentar una Solicitud de Exención y Certificación de Cumplimiento. La medida obliga al Departamento de Hacienda a expedir la certificación de manera automática y expedita en un término no mayor de 30 días.
La medida parte de la Ley 64-2025, que facultó al secretario de Hacienda a evaluar y conceder, a petición de la entidad, la exención contributiva a organizaciones reconocidas bajo la Sección 501(c)(3), siempre que el secretario entendiera que la exención serviría a los mejores intereses de Puerto Rico. Sin embargo, según la exposición de motivos, a más de un año de aprobada esa ley, el proceso continúa siendo burocrático, lento y duplicativo, y las solicitudes no se atienden con la rapidez esperada.
“Las organizaciones sin fines de lucro llegan donde muchas veces el Gobierno no llega: alimentan, educan, acompañan a nuestros enfermos y sostienen comunidades enteras. No tiene sentido que, después de haber cumplido con los rigurosos requisitos del IRS, tengan que esperar meses por un trámite local que repite lo mismo”, expresó el senador Rosa Ramos.
La exención contributiva estatal es vital para la viabilidad financiera de estas entidades, pues permite que los donativos que reciben no se consideren ingresos tributables y que los donantes puedan deducir sus aportaciones. Según el proyecto, la demora en obtenerla se ha convertido en un obstáculo para que muchas organizaciones accedan a fondos, cumplan con contratos o comiencen operaciones.
Conforme al texto radicado, la entidad deberá presentar una solicitud a esos efectos y Hacienda vendrá obligado a expedir la certificación en un máximo de 30 días, sin trámites ulteriores. El secretario podrá establecer, mediante carta circular u otra publicación de carácter general, el procedimiento para solicitar la exención automática.
El proyecto destaca que la certificación 501(c)(3) es un estándar ampliamente reconocido a nivel federal. Para obtenerla y mantenerla, las entidades deben demostrar ante el Servicio de Rentas Internas Federal (IRS) que operan sin fines de lucro, que no distribuyen ganancias ni confieren beneficios privados indebidos y que cumplen con estrictos requisitos de transparencia, rendición de cuentas y divulgación financiera. Además, permanecen bajo supervisión federal continua, con la obligación de rendir informes periódicos.
“No estamos bajando la vara; estamos reconociendo una vara que ya es más alta. El régimen federal 501(c)(3) es más riguroso que el nuestro y fiscaliza a estas entidades todos los años. Utilizar ese criterio objetivo y verificable le da agilidad al Tercer Sector y, al mismo tiempo, facilita la labor de supervisión del Gobierno”, sostuvo el legislador.
De acuerdo con la exposición de motivos, la iniciativa está alineada con los objetivos de simplificación administrativa del Gobierno de Puerto Rico, el fortalecimiento institucional del Tercer Sector y el reconocimiento de la aportación de las entidades sin fines de lucro al desarrollo económico y social del país. De aprobarse, la ley entraría en vigor inmediatamente.
“Cada día que una organización espera por un papel es un día menos sirviendo a nuestra gente. Con este proyecto, le quitamos un tapón burocrático a quienes dedican su vida a ayudar a los demás”, concluyó el senador.


